[Documento inicial GIDMT] "DETENCIÓN MIGRATORIA Y TORTURA: del estado de excepción al estado de derecho"

Si bien no se puede concluir en que todas las detenciones arbitrarias devienen en un caso de tortura, las condiciones que operan en la privación de libertad por razones migratorias que el INM lleva a cabo constituye un “entorno torturante” para las personas migrantes y refugiadas.

Un contexto de estas características genera situaciones de vulnerabilidad y estrés para las personas detenidas. Se dan tratos que en la mayoría de los casos, conllevan la deshumanización de las personas migrantes, diferentes violaciones a derechos humanos, y formas de tortura psicológica y física contra ellas.

La relación entre los lugares de privación de la libertad y la tortura es una cuestión medular en la legislación al respecto, que contempla estos espacios como espacios con un evidente riesgo de que se perpetren delitos de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes, y de que los mismos queden impunes. Hemos de insistir en el hecho de que cualquier institución que interne personas privadas de la libertad, puede generar un entorno donde las personas detenidas pueden ser víctimas de tortura o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Entendemos que la situación de particular vulnerabilidad y riesgo de sufrir violaciones de derechos en la que se encuentran las personas privadas de libertad ha sido clave para el legislador mexicano a la hora de publicar la Ley General sobre Tortura. Estas vulnerabilidades adquieren especial énfasis cuando se trata de personas extranjeras, migrantes en situación irregular, solicitantes de asilo, víctimas de trata, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, población LGBTTTI, indígenas, y otros grupos que son frecuentes de hallar en los centros de detención migratoria.

Cabe resaltar que en México se requiere una reforma estructural del marco legal, orientado a la creación de un nuevo modelo de protección a las personas migrantes y refugiadas, basado en un enfoque de derechos humanos, y no de seguridad nacional.

Desde las organizaciones que formamos parte del Grupo Impulsor Contra la Detención Migratoria y la Tortura, consideramos este momento como crucial para que la cuestión de la tortura en contexto de detención migratoria sea por fin abordado por la clase política y las instituciones.

Urgimos a accionar un cambio estructural en la visión de las políticas públicas que afectan a las personas migrantes y refugiadas que transitan o residen en México. Esperamos que las ideas que presentamos sean tomadas en cuenta para fortalecer el Estado democrático de derecho en México, a partir del respeto integral y sin dilaciones de los derechos humanos, y de los principios establecidos por los tratados internacionales, por la Constitución Política y, más allá de los supuestos legales, por el concepto incontrovertible de respeto a la dignidad de todos los seres humanos.

 

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El Grupo Impulsor Contra la Detención Migratoria y la Tortura estamos constituidos por un equipo de organizaciones sociales que trabajamos en la defensa de los derechos humanos de las personas migrantes y refugiadas en México.

Desde nuestra experiencia concreta en el trabajo con personas migrantes en situación de detención, e interpelados por las graves violaciones a los derechos humanos que identificamos en este contexto, nos articulamos con el objetivo de: “Impulsar el cambio de paradigma sobre el control migratorio en México, basado en la detención arbitraria y la deportación sistemática, para el cierre definitivo de los centros de detención migratoria, a partir de que el sistema de control y detención migratoria es una forma de tortura”.

El Grupo Impulsor Contra la Detención Migratoria y la Tortura está formado por: